Ademas de las denominaciones, el etiquetado indicará el tanto por ciento de raza ibérica, cuando se trate de animales 100% ibérico, e irá colocado en lugar destacado en los demás casos. Cada jamón y paleta incorporarán un precinto de distinto color por cada designación, según este orden:
-Negro, para los bellota 100% ibéricos
-Rojo, para los bellota ibéricos
-Verde, para los de cebo de campo ibéricos
-Blanco, para los de cebo ibéricos
En relación con los productos, se exige un peso mínimo y se refuerzan los sistemas de control en el tiempo mínimo de elaboración, reforzando el cumplimiento de los criterios sobre edad y peso de sacrificio.
El Real Decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación para los animales sacrificados a partir de esta fecha. Sin embargo, se han establecido una serie de periodos transitorios para permitir al sector una adaptación paulatina en temas como la raza, instalaciones y productos en proceso de elaboración.