por
< Volver

La entrada en vigor de la transposición del Reglamento 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de octubre de 2011, que regula el etiquetado, establece que es obligatorio indicar todo ingrediente que cause alergias o intolerancias de los alimentos que se envasan en el lugar de venta para su compra inmediata o a petición del cliente.

Desde el 13 de diciembre, los restaurantes están obligados a informar de los alimentos sin envasar que consumirán sus clientes. Destacar que la normativa afecta a los envasados de todo tipo, como los de quinta gama, precocinados, preelaborados, etc.

De acuerdo a lo establecido en el texto, los avisos deben estar disponibles de manera escrita, oral o en formatos electrónicos. En cuanto a los no envasados, el artículo 44 del Reglamento “hace pensar que los establecimientos hosteleros tendrán que indicar en los menús y las cartas qué alérgenos pueden encontrarse en los platos que se ofertan”, señalan desde la Federación Española de Hostelería (Fehr).

Y es que no está claro si la información se puede dar de forma oral –tal y como indicaba el borrador– o por escrito y a todos los clientes/comensales. Lo que la norma prevé es que sean los estados miembros de la UE los que establezcan normas específicas sobre cómo se debe facilitar esa información.

Si bien de lo que no hay duda es de que los establecimientos deberán asegurarse de contar con la información, de que ésta sea accesible y se pueda transmitir de manera clara a sus clientes, en el caso de que la solicitaran. 

Una obligación apresurada

Éstas y otras cuestiones han sido discutidas por el colectivo de los hosteleros, que consideran prematura la entrada en vigor del texto, en plena campaña navideña. “No es el mejor momento para implantar nuevas normativas que afecten al sector”, denuncian.

Ante la apresurada obligación y para aquellos establecimientos que aún no han adaptado todavía sus menús, la Fehr ofrece a sus asociados un modelo de cartel con la siguiente leyenda: ‘Reglamento (EU) Nº 1169/2011. Temporalmente este establecimiento no puede ofrecer información completa y adecuada sobre nuestros productos referentes a alergias e intolerancias alimentarias. Disculpen las molestias’.

“Hubiera sido deseable una mayor coordinación previa a la entrada en vigor de la normativa por parte de las administraciones, fruto de una buena planificación y una asignación de recursos para promover campañas de sensibilización, difusión y comunicación, tanto a los clientes como a los profesionales del sector”, dicen desde la agrupación.

Una web con toda la información que necesitas saber sobre alérgenos

Con el fin de facilitar el cumplimiento de esta norma, la Fehr ha creado www.hosteleriaynutricion.com, donde el profesional de la restauración encontrará información detallada sobre qué productos pueden producir reacciones alérgicas a los clientes, la normativa y los consejos a la hora de implementarla, así como las formas de manipulación de estos alimentos al preparar los platos.

Desde la web también se puede crear una carta digital con menús personalizados, imprimibles en formato pdf o descargables en dispositivo móvil, así como generar códigos QR. A través de la plataforma y con ayuda de sencillos tutoriales, el hostelero puede elaborar recetarios y analizar posibles contaminaciones cruzadas que se prevén en la gestión de los alimentos en cocina. 

Alimentos sobre los que es obligado informar

  • Cereales que contengan gluten: trigo, centeno, cebada, avena, espelta, kamut o sus variedades híbridas y productos derivados. 
  • Crustáceos y productos a base de crustáceos.
  • Huevos y productos a base de huevo.
  • Pescado y productos a base de pescado.
  • Cacahuetes y productos a base de cacahuetes.
  • Soja y productos a base de soja.
  • Leche y sus derivados (incluida la lactosa).
  • Frutos de cáscara, es decir: almendras, avellanas, nueces, anacardos, pacanas, nueces de Brasil, alfóncigos, nueces macadamia o nueces de Australia y productos derivados.
  • Apio y productos derivados. 
  • Mostaza y productos derivados.
  • Granos de sésamo y productos a base de granos de sésamo.
  • Dióxido de azufre y sulfitos en concentraciones superiores a 10 mg/kgó 10 mg/litro.
  • Altramuces y productos a base de altramuces.
  • Moluscos y productos a base de moluscos. 
  • Además, el grado alcohólico en las bebidas con una graduación superior en volumen al 1,2 por 100.

Noticias relacionadas

comments powered by Disqus

Utilizamos cookies propias y de terceros para analizar nuestros servicios y mostrarle publicidad relacionada con sus preferencias en base a un perfil elaborado a partir de sus hábitos de navegación (por ejemplo, páginas visitadas o videos vistos). Puedes obtener más información y configurar sus preferencias.

Configurar cookies

Por favor, activa las que quieras aceptar y desactiva de las siguientes las que quieras rechazar. Puedes activar/desactivar todas a la vez clicando en Aceptar/Rechazar todas las cookies.

Aceptar/rechazar todas
Cookies Analíticas

Cookies que guardan información no personal para registrar información estadística sobre las visitas realizadas a la web.

Cookies de Marketing

Cookies necesarias para determinadas acciones de marketing, incluyendo visualización de vídeos provenientes de plataformas como Youtube, Vimeo, etc. y publicidad de terceros.

Cookies de Redes Sociales

Cookies relacionadas con mostrar información provenientes de redes sociales o para compartir contenidos de la web en redes sociales.